“Derecho, Instituciones y Procesos Históricos”

. sábado 6 de junio de 2009
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Por Jorge Moreno

Con este título, en tres enjundiosos volúmenes, el Instituto Riva Agüero de la Pontificia Universidad Católica acaba de publicar las actas del 14avo. Congreso Internacional de Historia del Derecho Indiano, realizado en Lima en setiembre de 2003. Si en apariencia ha tardado mucho la publicación de las conclusiones de ese congreso, basta revisar el número de ponencias y la calidad de las firmas que las suscriben para entender porque semejante proyecto editorial ha tomado su tiempo. Son más de setenta estudios, agrupados en cuatro secciones y diferentes especialidades, los que nos permiten conocer y repasar el estado actual de esta especialidad historiográfica.

Si como decía don Alfonso García Gallo en su “Metodología de la Historia del derecho Indiano” esta ciencia aspira a conocer la evolución de este derecho, “forzosamente tiene que orientarse de manera que nos dé la imagen más exacta del mismo que pueda lograrse”. Para quienes hemos tenido oportunidad de revisar las contribuciones contenidas en esta publicación y, más aún, de medir el alcance de las mismas para el desarrollo de la ciencia histórica, no resulta exagerado decir que tal aspiración se ha conseguido largamente.

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De este modo sus editores han contribuido a cimentar una tradición iniciada en 1966, cuando durante el primer Congreso realizado en Argentina, se creó el Instituto Internacional de Historia del Derecho Indiano que cada tres años convoca a especialistas de España y América a conocer las investigaciones en torno a las instituciones y mecanismos de control y funcionamiento de los vastos territorios de las colonias americanas. A título de ejemplo de lo afirmado, me permitiré señalar, entre las muchas y muy valiosas contribuciones, tres de especial consideración por la trascendencia que las mismas tendrán para futuros estudios a realizarse.

Abriendo la parte general de la obra, el trabajo de Fernando de Trazegnies ofrece una historia poco usual y erudita del derecho indiano al ocuparse del estudio de gestos y actitudes del hombre americano del siglo XVI a XVIII frente al derecho de su época, inaugurando de este modo investigaciones tan novedosas como imprescindibles para la renovación de los estudios históricos-jurídicos. Más adelante, Víctor Tau Anzoátegui ofrece una visión historiográfica de conjunto del derecho indiano que resulta propiamente un balance actualizado que se hacía necesario desde los clásicos trabajos del propio Anzoátegui, García Gallo e incluso Jorge Basadre. Conviene resaltar en este balance historiográfico, la mención a la ‘historiografía municipalista’ que en los últimos años ha producido una ingente bibliografía de desiguales resultados, en opinión del autor. Finalmente, el estudio de Carlos Ramos Núñez sobre el indigenismo jurídico comprueba una vez más porque el autor de la “Historia del Derecho Civil Peruano” (en seis tomos) se ha convertido en el historiador peruano del derecho más importante de los últimos años. Su trabajo rescata decenas de títulos de otros tantos trabajos que ofrecen una perspectiva desconocida para muchos de la clásica oposición indigenismo-hispanismo que sin duda merecerá nuevas indagaciones.

Especial mención merece, en última instancia, la participación peruana en este congreso que, además de organizarlo exitosamente, aportó un nutrido número de investigaciones que confirman que los estudios iniciados por Jorge Basadre, Guillermo Lohmann Villena y Juan Vicente Ugarte del Pino, tienen asegurados firmes continuadores en los años venideros.