Licenciada en Historia UNMSM
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Conservar los documentos de archivo a través del tiempo es de suma importancia porque forman parte de nuestra cultura y constituyen la memoria colectiva de la Nación. Sirven de fuente para el estudio de las diferentes disciplinas de la ciencia, y por lo tanto, su deterioro o eliminación significa la ruptura de eslabones, es decir, de periodos de nuestro presente y pasado, perdiéndose en el olvido de nuestra historia. Los documentos forman parte de los bienes que integran el Patrimonio Cultural de la Nación, comprendidos por la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación (Ley Nº 28296) como Bienes Muebles: 1.2 Muebles. Comprende de manera enunciativa no limitativa, a: “Documentos manuscritos, fonográficos, cinematográficos, videográficos, digitales, planotecas, hemerotecas, y otros que sirvan de información para la investigación en los aspectos científico, histórico, social, político, artístico, etnográfico y económico”.
El Archivo General fue creado el 15 de mayo de 1861 bajo el considerando que a la letra dice: “Que es conveniente crear un archivo donde se depositen los documentos históricos y oficiales de la Región y de datos estadísticos de más importancia. También instituye en su artículo primero “Se establece el Archivo Nacional compuesto de los del Virreynato y acuerdo, antiguo Tribunal de Cuentas, Tesorería General, temporalidades y otras ramas ahora existentes en el Convento de San Agustín, de los manuscritos históricos que se conservan en las bibliotecas, de los papeles históricos y estadísticos de las antiguas cajas reales, de los archivos que tenían los corregimientos, sub-delegaciones e intendencias de Provincia; y los documentos y crónicas que haya en los archivos de las órdenes religiosas, comunidades y establecimientos de instrucción y Beneficencia”.
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También los documentos archivísticos están contemplados como tales en el Reglamento de la Ley General 28296 (DS. Nº 11-2006-ED) en el Subcapítulo 08. Patrimonio Cultural Archivístico: Artículo 69 que a la letra dice: Es el conjunto de documentos de cualquier época, manifestada en todas sus expresiones, en lenguaje natural o en cualquier expresión grafica, sonoro, en imagen, recogidas tanto en soporte convencional o informática, generados y/o recibidos en cumplimiento de las competencias y actividades de las entidades públicas o privadas del ámbito nacional.
Pero no basta con dar leyes que salvaguarden los archivos como repositorios de documentos, sino que estas disposiciones deben estar de acuerdo con la realidad nuestra, donde el Estado tenga la obligación de actuar de manera eficiente para desterrar, con su acción vigilante y disuasiva, el deterioro y el tráfico ilícito del Patrimonio Cultural, sobre todo, del documental archivístico. Hasta el día de hoy, la mayoría de personas, incluso profesionales, tienen el concepto de que los Archivos son depósitos de documentos viejos, que de nada o poco sirven, situación que demanda una “puesta en valor” en el plano cultural, lo cual forma parte de un proceso más amplio e integral relacionado al conocimiento y preservación del patrimonio cultural (1), lo que en el Perú está tan desatendida que resulta inaudita en plena era del conocimiento y la información. En el resto del mundo, en cambio, inclusive en los países vecinos como Colombia y Brasil, se brinda a los archivos el reconocimiento cultural que se merecen.
Es necesario remarcar que, con la creación del Ministerio de Cultura, se derogó el nefasto decreto Nº 003-2010-ED (16/01/2010) que transfería la Dirección Nacional de Archivo Histórico del Archivo General de la Nación al Instituto Nacional de Cultura, con sus órganos de línea (Dirección de Archivo Colonial, Republicano y Conservación), trasgrediendo toda la legislación archivística, incluida la ley General de Patrimonio. Dicha transferencia solo se realizó en papeles, sin afectar la totalidad del patrimonio documental, por estar dentro del plazo estipulado en el decreto (90 días calendarios). Tan desacertada transferencia dejaba al descubierto en el país, una vez más, lo poco que saben los poderes del Estado sobre el Archivo General de la Nación, de su rol en la sociedad como custodio nato de la memoria del país. Resultaba obvio que los profesionales que asesoraron la elaboración y dación del mencionado decreto, no tenían el más mínimo conocimiento de los procesos técnicos archivísticos y desconocían las condiciones de conservación y grados de deterioro del acervo documental. Los bienes documentales en su conjunto deben recibir un tratamiento previo para una transferencia que garantice la integridad y conservación del Patrimonio Cultural de la Nación, como lo estipula la legislación vigente, pero que una vez más fue obviada.
El Archivo General de la Nación no es un conjunto cualquiera de documentos que produce una institución en el quehacer diario de su actividad, es la depositaria de la memoria de la nación. Se debe dejar atrás la idea de que los archivos son almacenes de documentos viejos; del mismo modo, dejar de lado el concepto de soporte único de archivos en papel, porque agrupa a todos los soportes que contienen información y son producidos por gestión administrativa. Por lo tanto, el Archivo General de la Nación es y debe ser considerada una institución tan importante como cualquier otra empresa del Estado, cuya administración debe garantizar con eficiencia la conservación e integridad del Patrimonio Documental de la Nación. Del mismo modo, se hace necesario desarrollar una conciencia informada en la ciudadanía, de la importancia de custodiar el conjunto de documentos archivísticos producidos por todas las instituciones del Estado, que permita a la colectividad, conocer o recrear su pasado, velar por sus derechos y proyectar su futuro. Asimismo, a través de la recuperación de la información se podrá impulsar la investigación, que oriente al conjunto de peruanos a la toma de decisiones y ejecución de acciones inmediatas y seguras. Solo así podrá afianzarse el sentido de peruanidad y pertenencia a esta patria rica en cultura y tradiciones como es nuestro país.
Los documentos de los archivos no solo sirven a los historiadores o investigadores sociales, porque contienen información variada que pueden ser de utilidad para las diferentes áreas del conocimiento. Los documentos de archivo vienen siendo valorados cada vez más por los archiveros, quienes han sido formados para darles el tratamiento adecuado y garantizar su adecuada conservación. Este, a su vez, tiene la responsabilidad de proteger y defender el Patrimonio con acciones que neutralicen los atentados directos o escondidos contra nuestro Patrimonio Documental, como en el caso de las leyes, que en nombre de la agilización y de la modernización de la administración pública, o bajo el pretexto de disminuir costos, son eliminadas una vez cumplido el fin para el cual fueron creadas, destruyéndose los documentos o antecedentes, que pueden ser sujetos de control y transparencia de la gestión pública. Si seguimos esta política, ¿a dónde concurrirían los investigadores de las diversas ciencias?, ¿cuál sería el papel de los órganos de control del propio Estado?, o ¿a dónde irían los ciudadanos a encontrarse con su historia?
La defensa del Patrimonio Documental es, en primer lugar, tarea del Archivo General de la Nación, pero también lo es de todos los peruanos. Su tratamiento y aplicación de los procesos técnicos es trabajo de los archiveros. El Estado creó una Escuela Nacional de Archiveros, que tiene once promociones formadas como profesionales de Archivos, pero que desafortunadamente dejó de funcionar como tal, y hasta la fecha no se ha abierto una nueva convocatoria para formar nuevas promociones. Podemos afirmar sin embargo, que hay Archiveros profesionales altamente calificados que deberían ser los primeros consultados por el Estado al momento de elaborar leyes donde se vean involucrados los documentos, para que la situación de los archivos no se contraponga a la necesidad administrativa, legal, social y cultural del país.
Decir que los documentos forman parte del Patrimonio Cultural implica su valor común, porque algunos documentos, por su naturaleza, tienen un valor permanente sin evaluación alguna. Un bien cultural es “un bien que sirve a todos, es decir un bien común: no existe un bien cultural si no existe la percepción por parte de la opinión pública de que ese bien es verdaderamente un bien para todos”. En el plano educativo se debe recalcar la importancia de los documentos para sensibilizar al ciudadano y que este no quede ajeno en la defensa de los archivos. Para evitar su deterioro, por ejemplo, debe dársele instrucciones para no agregar innecesariamente elementos externos que deterioren un expediente, ya sea grapas, clips, etc. en los documentos de archivo de carácter permanente. Del mismo modo, hacerle conocer el cuidado en la manipulación de los mismos, durante su creación, acción administrativa y custodia.
La perdida completa de archivos de instituciones públicas o privadas son acciones irreparables, porque la destrucción de los documentos implica la pérdida de la información en su conjunto, como fue el caso del incendio del Archivo Regional de Madre de Dios. Hechos como este merman nuestros fondos documentales del Patrimonio Documental Archivístico y Cultural de la Nación; y ahora, los documentos más antiguos e importantes del país, que están fuera del Archivo General de la Nación, su ente rector, no queda otra solución que la cordura en la decisión política de dejar sin efecto el citado decreto de transferencia. Caso contrario solo nos queda reclamar que nuestra memoria nacional no siga corriendo la misma suerte generada por las disposiciones anteriores, dejando en manos del tiempo y de la historia la voz acusadora contra aquellos que teniendo la decisión política de enmendar la situación prefirieron el oprobio de las generaciones venideras que los señale a través de sus descendientes, como personajes infames que destruyeron y eliminaron la conciencia y cultura de nuestro país.
Ahora bien, debemos incidir en los documentos archivísticos como Patrimonio Documental porque la concientización del ciudadano en su conjunto contribuirá a su conservación. Si tipificamos las causas de los desastres y otros fenómenos de destrucción asociados, concluiremos en que el hombre es el mayor agente de destrucción y deterioro de la información en su conjunto. Porque si bien es cierto que hoy día se avanza en técnicas e invención de equipos que permiten la restauración de los documentos, la pérdida de la información es irreversible.
La valoración de nuestro Patrimonio Documental Archivístico debe hacerse con una campaña a todos los niveles de la población para contribuir, entre otros aspectos, con la disminución del tráfico ilícito de documentos archivísticos. De esta forma cada ciudadano podrá denunciar, si fuera el caso, la falta de conservación del mismo si este interrumpe el ciclo vital de los documentos.
La ley de protección de los documentos de archivo son de larga data (2) y todo funcionario o autoridad pública está en la obligación, por ley, de conocer o asesorarse antes de tomar decisiones en cuanto a transferencia, organización, eliminación o conservación de documentos de archivo, porque no todos los documentos son necesariamente de archivo; también debe conocer que respecto a la administración de los archivos hay una institución que tiene carácter de ente rector: el Archivo General de la Nación, siendo la única institución que tiene la función de disponer la eliminación de documentos, previa evaluación.
La conservación del Patrimonio Documental Archivístico es hoy más que nunca una tarea titánica para el Archivo General de la Nación, porque además del límite presupuestal y las carencias que se afrontan para realizar acciones reales a favor de la buena conservación, está la falta de un local apropiado, que con equipos mínimos necesarios se logre el control, al menos, del ambiente donde se conservan (T y HR), lo cual hasta la fecha es una promesa y una realidad casi imposible de conseguir. Si el Estado no hace suya esta responsabilidad, y deja en los hombros de unos cuantos el trabajo de conservar la memoria de la Nación, llamado Archivo General de la Nación, no se podrá evitar que, gradualmente, cada una de nuestras piezas documentales (que por su exposición, utilización, composición, etc.), se destruya inexorablemente ante las carencias de recursos para brindarles auxilio. Las autoridades, con pleno conocimiento del trabajo del profesional de archivo, y con experiencia en la administración pública, deberían cautelar y proveer de personal idóneo y necesario, equipos y materiales de restauración adecuados y suficientes, etc. Por ello, lo que necesitamos es la consolidación del Archivo General de la Nación como institución, con un presupuesto digno, un local apropiado y personal debidamente capacitado, bien remunerado e identificado plenamente con su institución. Falta dar a conocer a todos los estamentos de la sociedad y del Estado, que formamos parte del ente rector del Sistema Nacional y memoria de la Nación.
A lo expuesto, también se suma el último Decreto de Transferencia de la DNAH, la emisión de otras leyes que afectan directa y/o indirectamente la custodia del Patrimonio Documental Archivístico, porque el fin principal del Archivo General de la Nación es asegurar a las generaciones venideras un centro donde puedan revisar los documentos, conocer o recrear nuestro presente, pasado y futuro como país, y dejar de estar expuestos solo a la inmediatez de la información. La misión principal de nuestro Archivo General de la Nación es garantizar que la información y su soporte sean debidamente conservados, porque si bien es muy importante la información lo es también el soporte, ya que forman parte el uno del otro. Hoy en día, el desarrollo de los medios informáticos está contribuyendo a la conservación de nuestro Patrimonio Documental Archivístico, tanto en la conservación del documento original como en la agilización del servicio. Pero esto se tiene que realizar teniendo en cuenta un adecuado tratamiento al soporte original cuando se realiza la digitalización de la información, utilizando equipos (escáner con cuna de libro) y software bondadosos (indexación y recuperación), que favorezca la conservación de los documentos archivísticos, conceptuados como bienes culturales de la nación.
Notas:
(1) Francisco Stastny pág. 179 “Riesgos y promesas del patrimonio cultural” I.
(2) Ley Nº 19414 Ley de Defensa, Conservación e incremento del. Patrimonio Documental (1972) y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo. Nº 022-75-ED y la Ley Nº 25323, Ley del Sistema Nacional de Archivos (1991) y su Reglamento, el Decreto Supremo Nº 008-92-JUS.
* Yolanda P. Mejía Carrillo es Licenciada en Historia y Archivera. Ha sido Directora de Conservación de la Dirección Nacional de Archivo Histórico en el Archivo General de la Nación y Secretaria General del Archivo del Jurado Nacional de Elecciones. Asimismo, ha prestado su asesoría al Archivo Central de la Municipalidad de Santiago de Surco. Como docente, ha tenido a su cargo el curso de de Conservación en la Escuela Nacional de Archiveros.
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